Párrafo 119

119. «A los exegetas toca aplicar estas normas en su trabajo para ir penetrando y exponiendo el sentido de la sagrada Escritura, de modo que mediante un cuidadoso estudio pueda madurar el juicio de la Iglesia. Todo lo dicho sobre la interpretación de la Escritura queda sometido al juicio definitivo de la Iglesia, que recibió de Dios el encargo y el oficio de conservar e interpretar la palabra de Dios» (DV 12,3):

Ego vero Evangelio non crederem, nisi me catholicae Ecclesiae commoveret auctoritas (No creería en el Evangelio, si no me moviera a ello la autoridad de la Iglesia católica)

(San Agustín, Contra epistulam Manichaei quam vocant fundamenti, 5,6).